Modelo de Acta de Cambio de Presidente de Comunidad LPH 2025
Descarga la plantilla modelo para el Acta de la Junta de Propietarios donde se formaliza el cambio de presidente. Este documento, editable en Word (DOCX) y conforme a la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), es esencial para registrar legalmente el nombramiento del nuevo presidente. Incluye un modelo de carta para comunicar el cambio a todos los vecinos y al administrador de fincas.
Última actualización
25/09/2025
Tamaño del archivo
360 KB
Idiomas disponibles
Español (España)
Software recomendado
Microsoft Word 2016 o superior, Adobe Acrobat Reader
Tiempo estimado de edición
20-30 minutos para transcribir los acuerdos de la junta al acta.
Actualizaciones
Plantilla revisada anualmente para incorporar cualquier modificación o interpretación jurisprudencial relevante de la Ley de Propiedad Horizontal.
Cómo usar esta plantilla
- Descarga la plantilla del Acta en formato DOCX tras celebrar la Junta de Propietarios.
- Rellena los datos identificativos de la Comunidad, la fecha, hora y lugar de la junta.
- Completa la lista de propietarios asistentes y representados, con sus respectivos coeficientes.
- En el apartado 'Acuerdos', transcribe el punto del orden del día relativo al nombramiento, detallando el sistema utilizado (votación, rotación) y el resultado.
- Identifica con nombre completo y DNI al propietario que resulta elegido como nuevo Presidente.
- Cierra el acta con la firma del Presidente y del Secretario salientes.
- Utiliza la plantilla de carta adjunta para comunicar a todos los vecinos el nombramiento.
Consejos
- Es fundamental que el nombramiento del presidente sea un punto explícito en el Orden del Día de la convocatoria de la junta.
- Conserva el libro de actas de la comunidad en un lugar seguro; es la historia legal de la comunidad.
- Realiza un traspaso de poderes formal entre el presidente saliente y el entrante, firmando un sencillo documento de entrega y recepción de documentación.
- Informa al administrador de fincas inmediatamente después del cambio para que actualice sus registros y los datos de contacto.
- El nuevo presidente debería revisar los contratos de mantenimiento y los seguros de la comunidad para conocer sus responsabilidades.
Preguntas Frecuentes
¿Es obligatorio cambiar de presidente de la comunidad cada año?
Sí, el artículo 13.7 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que, salvo que los estatutos de la comunidad digan lo contrario, el nombramiento de los órganos de gobierno se hará por un plazo de un año. Por lo tanto, la norma general es celebrar una junta anual para la renovación de cargos, incluido el presidente.
¿Puede un propietario negarse a ser presidente de la comunidad?
El cargo de presidente es, en principio, obligatorio. Un propietario solo puede solicitar su relevo al juez (procedimiento de equidad) dentro del mes siguiente a su nombramiento, exponiendo razones fundadas (ej. enfermedad, edad avanzada, vivir fuera). En la práctica, si un vecino expone un motivo justificado en la propia junta, se suele buscar una alternativa.
¿Qué se necesita para que el nombramiento del nuevo presidente sea legalmente válido?
El nombramiento debe ser un punto del orden del día de una Junta de Propietarios, legalmente convocada. El acuerdo debe ser aprobado por la mayoría de los propietarios presentes y representados. Finalmente, este acuerdo debe quedar reflejado en el Acta de la reunión, que tiene que ser firmada por el presidente y el secretario salientes para tener validez.
Una vez hay nuevo presidente, ¿qué hay que hacer en el banco?
El nuevo presidente, normalmente acompañado por el administrador, debe acudir a la sucursal bancaria donde la comunidad tiene su cuenta. Deberá presentar su DNI y una copia del Acta de la junta donde consta su nombramiento. El banco utilizará este documento para actualizar los datos del representante legal y cambiar las firmas autorizadas.
¿Quién tiene que firmar el acta para que sea válida y cuándo?
Según el artículo 19 de la LPH, el acta de la junta debe cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Es importante destacar que quienes firman son los cargos salientes, que eran los que ostentaban dichos puestos durante la celebración de la junta.
¿Qué pasa si el presidente saliente no quiere entregar la documentación al nuevo?
El presidente saliente tiene la obligación legal de entregar toda la documentación y bienes de la comunidad (libro de actas, contratos, llaves, etc.) al presidente entrante. Si se negara, el nuevo presidente, en representación de la comunidad, puede requerírselo formalmente mediante un burofax y, si persiste, iniciar acciones legales para reclamar dicha documentación.
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Recursos